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lunes, 27 de octubre de 2014

Nacionalidad española con antecedentes penales.





Es importante tener presente que para la concesión de la nacionalidad no sólo se exige la carencia de antecedentes penales sino que igualmente se valora la observancia de una buena conducta cívica por parte del solicitante.
En ese sentido, tenga en cuenta que la prisión preventiva se dicta cuando  hay fuertes indicios de culpabilidad,  que exista riesgo de fuga que puede poner en peligro el cumplimiento de la pena, o que pueda destruir pruebas, suponga un peligro para la víctima, o para evitar el riesgo de que pueda cometer otros hechos delictivos. Circunstancias que pueden enervar la buena conducta exigible.
En el supuesto que se le acepte la nacionalidad estando en prisión preventiva, es una cuestión compleja que depende del Registro Civil de cada localidad, el problema surge cuando, concedido el permiso se requiere la presencia física del solicitante en el Registro para la jura de nacionalidad, en algún caso puede ser necesario el desplazamiento de un operativo policial con el fin de no incurrir en la vulneración del principio de igualdad y en la limitación de futuras posibilidades de integración en España.


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