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lunes, 28 de julio de 2014

Visado de Estudios.



Para el caso de estudios e investigaciones de una duración inferior a los 3 meses no se requiere visado, salvo si el interesado es nacional de un país que sí lo requiera.
Para una duración mayor a 3 meses e inferior a 6 meses, sí se exige visado pero no hace falta realizar ningún otro trámite en España.
Para estudios o investigaciones de una duración superior a los 6 meses, además del visado, deberá solicitar en España la tarjeta de residencia para estudiantes. Este trámite hay que realizarlo en el plazo de un mes desde la entrada en España y se gestiona en www.europalegal.es

Recuerde que muchas universidades españolas disponen de servicios de atención a estudiantes e investigadores internaciones donde le ayudarán con la tramitación de su tarjeta de estudiante. Puede consultar éste y otros servicios en “Información de contacto para estudiantes internacionales”.
Los ciudadanos de países que no forman parte de la UE y que quieran realizar en España una estancia de estudios, formación o investigación superior a tres meses, deberán tramitar el correspondiente visado de estudios.
Para estudiar en España es necesario solicitar un visado de estudios en el Consulado español de su país de origen o residencia legal.
  1. Preinscribirse en un Centro docente público o privado en España oficialmente reconocido.
  2. Dirigirse al www.europalegal.es para tramitar tu visado de estudios con el certificado o carta de aceptación que emita ese Centro.
  • Pasaporte vigente.
  • Admisión de un centro docente, público o privado, oficialmente reconocido, para cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación.
  • El contenido del plan de estudios, formación o investigación que se vaya a realizar.
  • Seguro médico que cubra, durante todo el tiempo de estancia en España, los gastos médicos y la repatriación en caso de accidente o enfermedad repentina.
  • Un certificado médico con el fin de acreditar que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena prevista en el reglamento sanitario internacional.
  • La disposición de medios de subsistencia y alojamiento para el periodo que se solicita, y en su caso, para garantizar el retorno al país de procedencia.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que se ha residido durante los últimos 5 años.
El trámite del visado se realiza directamente en los Consulados Generales de España. Recuerde que en el Consulado donde gestione su visado de estudios le aclararán cualquier duda que le surja y le ayudarán con su tramitación.
Aquí encontrará un listado con los www.europalegal.es
No es posible entrar en España con un visado de turista y posteriormente solicitar un visado de estudios. En ese caso, sería necesario regresar a su país de residencia y obtener el nuevo visado allí.

Fuente:universidad.es


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