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martes, 15 de julio de 2014

Legalización y traducción de documentos para la tramitación de procedimientos en materia de extranjería e inmigración.





DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS

NORMATIVA BÁSICA

  • Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 36).
  • Convenio de la Haya, de 5 de octubre de 1961, sobre la eliminación del requisito de la legalización de documentos públicos extranjeros.
  • Instrucción DGI/SGRJ/06/2008, sobre aportación de documentos públicos extranjeros para la tramitación de procedimientos en materia de extranjería e inmigración.

REQUISITOS PARA QUE LOS DOCUMENTOS SEAN VÁLIDOS

  • Salvo que exista Convenio, Tratado o Acuerdo que exima de legalizar los documentos que se requieran en un procedimiento administrativo en España,los mismos se presentarán, dependiendo del país que los haya expedido, legalizados de alguna de las siguientes maneras:
    • Apostillado si el país que expide el documento es parte en el Convenio de la Haya , de 5 de octubre de 1961, o,
    • Legalizado por vía diplomática, si el país que expide el documento no es parte en el Convenio de la Haya.
  • El documento público deberá estar traducido al castellano o, en el supuesto de que la tramitación le corresponda a órganos con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma, podrán utilizar la lengua que sea cooficial en ella.

APOSTILLA DE LA HAYA Y LEGALIZACIÓN POR VÍA DIPLOMÁTICA

  • Apostilla de la Haya: de acuerdo con el Convenio de la Haya, la única formalidad que se exige para los documentos procedentes de los Estados parte de dicho Convenio es el sello de la Apostilla que coloca la autoridad competente del Estado que expide el documento. En la página www.europalegal.es se podrá consultar los Estados parte del Convenio de la Haya.
  • Legalización por vía diplomática: es el procedimiento para legalizar los documentos públicos extranjeros de los Estados que no son parte en el Convenio de la Haya. 

TRADUCCIÓN

Fuente:entranjeros.empleo.es


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