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jueves, 24 de julio de 2014

Legalizaciones.



A no ser que exista algún instrumento jurídico que exima de esa obligación, todo documento público extranjero debe ser legalizado para tener validez en España y todo documento público español requiere ser legalizado para ser válido en el extranjero. Se recogen a continuación algunas respuestas a las consultas más habituales.

¿En qué casos no es necesaria la legalización?
Dado el creciente intercambio entre los distintos países del mundo, muchos Estados han firmado convenios destinados a facilitar este tipo de trámites a sus ciudadanos, entre ellos España.

El acuerdo más relevante en esta materia vigente en la actualidad es el Convenio de La Haya nº XII, de 5 de octubre de 1961, de Supresión de la Exigencia de Legalización en los Documentos Públicos Extranjeros más comúnmente llamado Convenio de la Apostilla.

Numerosos países se han adherido a este tratado que simplifica los trámites para el emisor y el receptor. Este texto prescribe que entre Estados miembros no será necesaria la legalización para el reconocimiento mutuo de documentos, aunque sí un sello o apostilla. Quien necesite obtenerlo, debe informarse en el Ministerio de Justicia.

Además existen otros convenios que eximen de la necesidad de legalizar algunos documentos. En este texto informativo elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación puede consultarse a qué países y tipos de documentos se aplican.

Para todos los casos no recogidos en alguno de los acuerdos anteriores deberá procederse a la legalización.

¿Qué documentos pueden legalizarse?
Pueden legalizarse tanto los originales de los documentos como las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública que los hayan emitido, así como los testimonios de autenticidad por exhibición realizados por Notario.           

¿Caducan las legalizaciones?
No. La legalización carece de fecha de caducidad. Ahora bien, si el documento expedido tiene una duración limitada, la legalización que se efectúe sobre él también lo tendrá. Tampoco existe ningún límite de tiempo para solicitar la legalización de un documento. Ésta podrá realizarse en cualquier momento en que el interesado la solicite.

¿Qué documentos emitidos por las autoridades españolas están destinados a utilizarse en el extranjero
De todos los documentos elaborados por las autoridades de nuestro país, los siguientes pueden tener efecto en el exterior:

Emitidos por la Administración General del Estado
Se incluyen en esta categoría los expedidos por sus autoridades y funcionarios, los organismos y entes públicos incluidos en su estructura y las entidades gestoras de la seguridad social.


Emitidos por las Comunidades Autónomas
Figuran en este apartado los documentos expedidos por sus autoridades, funcionarios y organismos públicos.


Judiciales
En esta categoría se incluyen actas de nacimiento, matrimonio o defunción; certificados de capacidad matrimonial, fe de vida o estado; resoluciones judiciales, etc. Todos ellos requieren la legalización por vía judicial.

Mercantiles
Aquí se incluyen certificados de origen, certificados de libre venta, facturas de empresa y un gran número de documentos comerciales. Su legalización corresponde a distintos organismos dependiendo de la naturaleza del documento:

- Los relativos a exportaciones deberán ser legalizados.- Los documentos bancarios pueden  ser legalizados por diversas entidades. Si han sido emitidos por el Banco de España, el trámite puede efectuarse en cualquiera de sus sedes (consultar lista). Aquellos emitidos por entidades bancarias de ámbito nacional pueden legalizarse en los servicios centrales de este banco o su sucursal en Madrid o en el Banco de España. Por último, los emitidos por bancos de ámbito local sin servicios centrales en la capital tienen la opción de legalizarse en las delegaciones provinciales del Banco de España. Para los documentos bancarios también existe la vía notarial.

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Académicos
Cada tipo de expediente o certificado sigue unas pautas de legalización diferentes.

Los documentos oficiales de enseñanza superior.
Son aquellos válidos en todo el territorio nacional. Aquellos que sean títulos universitarios deben ser legalizados.

Los documentos oficiales de enseñanza no superior
Son los expedidos por centros docentes de una comunidad autónoma. Su legalización corresponde a la Consejería de Educación o equivalente de dicha región.


Certificados médicos
Después de que el facultativo haya rellenado el impreso oficial editado para este fin, debe firmarlo y estampar en el documento el sello que lo acredita como colegiado.

Certificados veterinarios
 Tras obtener el certificado del veterinario debe dirigirse a la Delegación /Subdelegación del Gobierno correspondiente, donde se extenderá un certificado sanitario de animales domésticos. 


¿Puede denegarse la legalización de un documento?
Sí. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación no legalizará documentos en los siguientes casos:

- Cuando el original presentado no sea un documento público ni un documento privado elevado a público notarialmente.
- Cuando no contenga las legalizaciones previas por parte de otras autoridades que establece la normativa
-  Cuando las firmas que deben legalizarse no se encuentren depositadas en el registro de la Sección de Legalizaciones del Ministerio.


¿Qué documentos extranjeros pueden legalizarse para ser utilizados en España?
La Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación solamente admitirá:

- Documentos públicos originales
- Copias de los mismos expedidas por el organismo emisor
- Copias compulsadas por las representaciones de España en el extranjero de documentos que previamente hayan sido legalizadas por vía diplomática o apostillados
- Copias notariales

¿Deben traducirse los documentos que se desea legalizar?
Para aquellos documentos emitidos por las autoridades españolas que vayan a tener efecto en el extranjero el interesado debe consultar la legislación local, que es la que establece la necesidad o no de traducción. Lo normal es que la mayor parte de los países solamente acepten documentos en su idioma o idiomas oficiales.

Los documentos extranjeros que vayan a tener efecto en España deben estar traducidos al español

- Realizadas en España por un traductor o intérprete jurado español nombrado por el Ministerio (estas traducciones están exentas de legalización y son válidas sin necesidad de ningún trámite adicional) - Realizadas o asumidas como propias por una representación española en el extranjero (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio) - Realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio) 
¿Qué es la legalización por vía diplomática y en que casos se utiliza?
La legalización por vía diplomática es el procedimiento que se aplica para legalizar los documentos públicos extranjeros emitidos por Estados no firmantes de convenios destinados a facilitar este trámite. Por lo general, consiste en que cada una de las autoridades implicadas ejecute una legalización a título individual del documento.

Si se trata de un documento expedido por una autoridad no consular en el país de origen del documento intervendrá únicamente el Ministerio de Asuntos Exteriores del Estado de origen y la representación diplomática o consular española en dicho Estado.

Si se trata de un documento expedido por una autoridad consular debidamente acreditada en España, intervendrá en la legalización únicamente la sección de legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España.

De acuerdo con la normativa aplicable a cada caso, los siguientes documentos están exentos de legalización:

• Documentos académicos que se presentan en los registros de las Embajadas y Consulados de España• Documentos académicos que se presentan en el registro del Ministerio de Educación de España. 

Los documentos extranjeros que hayan sido legalizados por los Consulados o Embajadas de España en el extranjero que porten una etiqueta transparente de seguridad no necesitan ser legalizados en esta sección de legalizaciones.
 

Fuente:exteriores.gob.es




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